Gaceta Oficial N° 43432
14 actos
Sumario
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD Resolución mediante la cual se design
dano José Rafael Fajardo Flores, como Director Estadal de Salud Barinas, en calidad de Encargado, adscrito al
Ministerio del Poder Popular para la Salud. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL
E INSTITUTO NACIONAL DE CANALIZACIONES
Ministerio del Poder Popular para la Salud. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL
Providencia mediante la cual se modifica y, queda constituida con carácter permanente, la Comisión de Contrataciones del Instituto Nacional de Canalizaciones; estará conformada por las ciudadanas que en ella se mencionan, como Miembros Principales y Suplentes. IPOSTEL
Ministerio del Poder Popular para la Salud. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL
Providencia mediante la cual se designa al ciudadano Manuel Alfonzo Castellano Cuervo, como Jefe de División de Bienes Nacionales y Responsable Patrimonial de Bienes Públicos, adscrito a la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL). EMPRESA MIXTA “PLANTA DE AUTOBUSES YUTONG VENEZUELA, S.A.”
Ministerio del Poder Popular para la Salud. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL
Providencia mediante la cual se constituye el Comité de Licitaciones para la Enajenación de Bienes Públicos, de la Empresa Mixta “PLANTA DE AUTOBUSES YUTONG VENEZUELA, S.A.”; y quedará integrado por las ciudadanas y ciudadano que en ella se indican, como Miembros Principales y Suplentes
Ministerio del Poder Popular para la Salud. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL
Providencia mediante la cual se designa a los Miembros de la Comisión de Contrataciones de la Empresa Mixta “PLANTA DE AUTOBUSES YUTONG VENEZUELA, S.A.”, con carácter permanente; y estará integrada por las ciudadanas y ciudadano que en ella se especifican, como Miembros principales y Suplentes
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA Resolución mediante la cual se desi
iudadana Ana Inmaculada Josefina Bellorín Silva, como Directora General del Despacho, adscrita al Despacho del Ministro del
Ministerio del Poder Popular para la Cultura. 472.654 GACETA OFICIAL DE LA REPÚB
ARIANA DE VENEZUELA Viernes 7 de agosto de 2026
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE Viernes 7 de agosto de 2026 GACE
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 472.655 472.656 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Viernes 7 de agosto de 2026 Viernes 7 de agosto de 2026 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 472.657 472.658 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Viernes 7 de agosto de 2026
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA Viernes 7 de agosto de 2026 GACETA
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 472.659 LEY DE PUBLICACIONES OFICIALES (Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.688 de fecha viernes 25 de febrero de 2022) Objeto Artículo 1. Esta
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA Viernes 7 de agosto de 2026 GACETA
Ley tiene por objeto regular las publicaciones oficiales de los actos jurídicos del Estado a los fines de garantizar la seguridad jurídica, la transparencia de la actuación pública y el libre acceso del Pueblo al contenido de los mismos, en el marco del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Artículo 4. La “Gaceta Oficial”, cre
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Decreto Ejecutivo de 11 de octubre de 1872, continuará con la denominación “Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela”. Efectos de la publicación Artículo 8. La publicación de los actos jurídicos del Estado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela le otorga carácter público y con fuerza de documento público. Para que los actos jurídicos del Poder Electoral, Poder
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Reglamento que rige la materia. Publicación física y digital Artículo 9. La publicación de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela acoge el sistema mixto que comprenderá uno digital y automatizado, y otro físico. La publicación física deberá contener todo el contenido publicado en la versión digital y automatizada y generará los mismos efectos establecidos en esta
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Ley, incluyendo su carácter público y de documento público. La contravención de esta disposición generará responsabilidad civil, administrativa y penal, según corresponda. La Vicepresidenta Ejecutiva o Vicepresidente Ejecutivo establecerá las normas y directrices para el desarrollo, manejo y funcionamiento de las publicaciones digitales y físicas de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de