Gaceta Oficial N° 43434
19 actos
Sumario
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N° 5.420, media
nte el cual se adscribe al
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, la Fundación Venezola
stigaciones Sismológicas (FUNVISIS)
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Resolución medi
ante la cual se interviene la
Contraloría del municipio Arístides Bastidas del es
tado Yaracuy; y se designa al ciudadano Rafael Ángel Montoya González, como Contralor con carácter provisional de la mencionada
Contraloría del municipio Manuel Monge del estado Y
aracuy; y se designa a la ciudadana Ana Patricia Petit Arrieche, como Contralora con carácter provisional de la mencionada
Contraloría. Resolución mediante la cual se ratific
a la Intervención de la
Contraloría Municipal del municipio Miranda del est
ado Carabobo; y se designa al ciudadano Junior Armando Santana España, como Contralor con carácter provisional de la mencionada
Contraloría Municipal. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N° 5.420 11 de agosto de 2026 DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ Presidenta (E) de la República Bolivariana de Venezuela Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso d
Contraloría Municipal. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
Contraloría Municipal. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Ley Orgánica de la Administración Pública, en
Consejo de Ministros, CONSIDERANDO Que es deber del Estad
o venezolano garantizar la seguridad, bienestar y protección integral del pueblo frente a eventos, mediante el fortalecimiento continuo de las capacidades científicas y técnicas del país, CONSIDERANDO Que la Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas constituye un valor técnico-científico de referencia para la prevención, monitoreo, investigación y atención de los fenómenos sísmicos, CON
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, será el encargado de
odos los trámites necesarios a los fines de garantizar la continuidad de los proyectos y planificaciones que se encuentren en desarrollo de la referida fundación. Artículo 3°. La variación de adscripción a que se refiere el presente
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, será el encargado de
Decreto, será incluida en la futura reforma del
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, será el encargado de
Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional. Artículo 4°. El Ministro del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología y el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, quedan encargados de la ejecución del presente
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, será el encargado de
Decreto. Artículo 5°. El presente
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, será el encargado de
Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Dado en Caracas, a los once días del mes de agosto de dos mil veintiséis. Años 216° de la Independencia, 167° de la Federación y 27° de la Revolución Bolivariana. Ejecútese, (L.S.) DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ Presidenta (E) de la República Bolivariana de Venezuela Refr
Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno
(L.S.) JUAN FRANCISCO ESCALONA CAMARGO DECRETA Artículo 1°. Se adscribe al
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, la Fundación Venezola
stigaciones Sismológicas (FUNVISIS), creada mediante
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, la Fundación Venezola
Decreto Nº 1.053 de Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores y Comercio Internacional (L.S.) FÉLIX RAMÓN PLASENCIA GONZÁLEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y Vicepresidente Sectorial de Política, Seguridad Ciudadana y Paz (L.S.) DIOSDADO CABELLO RONDÓN 472.678 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Mar